El 19 de Julio
de 2013, el congreso de la república de Colombia, expidió una nueva ley; La ley
1672 de 2013, que afecta directamente nuestro sistema de gestión integrado,
especialmente en la parte ambiental. Esta nueva normativa habla sobre uno de
los residuos sólidos con un de los manejos más complejos, los RAEE (Residuos de
aparatos eléctricos y electrónicos), o e-waste. Los cuales definidos dentro del
marco de la nueva ley se refiere a: los residuos de "todos los aparatos
que para funcionar necesitan corriente eléctrica o campos electromagnéticos,
así como los aparatos, necesarios para generar, transmitir y medir dichas
corrientes". Especialmente controversiales por el mal manejo que a
nivel mundial se le ha dado a estos desechos.
Ilustración 1
Esta ley tiene
como objeto establecer los lineamientos para la elaboración de una
política pública nacional que regule la clasificación, la producción, la
comercialización, el tratamiento, el reciclaje y la disposición final de los
Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos "RAEE" generados en el
territorio nacional. Así como establecer las responsabilidades extendidas del
importador, productor, comercializador y generador de los Residuos de Aparatos
Eléctricos y Electrónicos, RAEE.
Si bien en Colombia, ya existían unos lineamientos para el tema de residuos
electrónicos, que se puede consultar en la página http://www.residuoselectronicos.net/wp-content/uploads/2012/03/Guia_RAEE_MADS_2011-reducida.pdf,
y una simple búsqueda en google nos trae
mucha información, el tema sigue siendo crítico, ¿si el tema de los
residuos electrónicos ya ha alcanzado una masa crítica en América Latina y el
Caribe?, según Ripley [8] responde lo siguiente: “El potencial de LAC para
generar cantidades considerables de RAEE ha crecido drásticamente en los
últimos años. Las ventas de computadores personales y teléfonos celulares se
han disparado. Pero el problema va más allá de computadores y celulares. Una
amplia gama de equipos digitales que en los Estados Unidos y Europa ya se dan
por sentados, apenas empezaron a conquistar los mercados de LAC. Además se puede
observar que los usuarios latinoamericanos ya no se contentan con comprar los
modelos de ayer”.
Ilustración 2.
Por el momento FUREL S.A. realiza campañas de recolección de estos
equipos con una frecuencia variable (no mayor a tres meses), los cuales se
gestionan con diferentes empresas a las cuales se les hace el seguimiento
respectivo (licencia ambiental, visitas de campo, evaluación y valoración entre
otros aspectos), sin embargo y a raíz de esta ley, esperaremos cómo evoluciona
el tema en Colombia, para ubicar los puntos de recolección pues la ley deja muy
claro que los consumidores deben entregar los residuos de estos productos, en
los sitios que para tal fin dispongan los productores o terceros que actúen en
su nombre.
Ilustración 3. RAEE FUREL S.A.
Fredyy Betancourt Uribe
Coordinador de gestión Ambiental
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